Un Decreto Ley es una norma con rango de ley dictada por el Consejo de Ministros de forma urgente, debiendo ser debatida y votada en el Congreso en plazo anterior a 30 días. Art 86 CE.

Un Decreto Legislativo es una norma con rango de ley, proveniente de una delegación legislativa mediante Ley de bases (para la creación de textos articulados) o ley ordinaria (refundir textos legales). Las Cortes delegan en el gobierno la potestad de dictar normas para una materia concreta con un plazo, después de la publicación de la norma, expira la delegación legislativa. Arts. 82,83,84 y 85 CE

Así que en resumen: Ambas tienen rango de ley, pero en el Decreto Ley se anticipa el gobierno al trámite parlamentario por motivos de urgencia. Mientras que el Decreto Legislativo es una "concesión" previa para legislar un asunto concreto.