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  1. #1
    Cita Iniciado por Luchano Ver mensaje
    2. Resoluciones de mayor trascendencia
    2.3 - Análisis del aplicativo SIGO que incorpora las identificaciones
    realizadas por agentes de la guardia civil. (E/03654/2012)
    El análisis de la información obtenida en las actuaciones previas de inspección
    permitió destacar los siguientes aspectos:


    • Las identificaciones son selectivas y de interés policial, no realizándose de
    forma indiscriminada ni conforme a un cupo por agente.
    • Los datos se recaban en función de la relevancia que le atribuye el agente en
    función del punto de identificación, sin que existan campos obligatorios ni un
    modelo común.
    • El volumen de identificaciones es distinto en diversas comandancias, variando
    para un mismo puesto en distintas fechas sin ser un porcentaje que dependa
    del número de efectivos destacados o de las patrullas realizadas.
    • Del conjunto de personas identificadas se graban los datos de las que parecen
    más relevantes, almacenándose una de cada cuatro identificaciones.
    La recogida de datos no es el registro sistemático de toda la
    información que es posible recoger en un actuación de identificación.
    Se realiza el bloqueo de la información recogida en relación a las
    identificaciones a los 24 meses de su recogida.
    No obstante la Agencia procedió a formular a la Dirección General de
    la Guardia Civil las siguientes recomendaciones:
    – Homogeneizar los criterios objetivos sobre la incorporación de
    datos.
    – Establecer criterios temporales y materiales para la supresión
    de los datos.
    – Armonizar los procedimientos para acreditar el cumplimiento
    del deber de información.

    ¿Esto lo dice la AEPD y soy yo el que equivoca conceptos? Explícamelo por favor porque no lo entiendo, y la verdad es que lo estoy intentado.

    Existe una resolución a una denuncia que se interpuso en su día y la cual versaba sobre las mismas controversias que se exponían en el post que abría el hilo, yo no digo que dicha resolución sea la verdad absoluta, pero sí, que a efectos legales avala la forma de proceder (no del procedimiento) en el tema que se está tratando (que creo que el hilo no iba sobre lo que a título individual pueda hacer cada uno).

    De todas formas, entiendo que si alguien no está de acuerdo con dicha resolución, es libre de acudir a la instancia que corresponda para recurrirla (desconozco el procedimiento en este caso), pero a día de hoy y a efectos legales, nos guste o nos disguste, creo que no hay nada que justifique que no se cumplen los preceptos legales en el tratamiento de los datos personales recogidos en el servicio e incluidos en SIGO, a lo mejor llega en el futuro, pero eso yo no lo sé.
    La AEPD también ha dicho, te lo han puesto anteriormente, que está habiendo errores en la recogida y tratamiento de datos. Estás ignorando lo que te interesa.

    De todas formas, ¿estás de acuerdo en que hay que informar al ciudadano? ¿Estás de acuerdo en que sólo se puede introducir datos de interés policial? Aunque estés de acuerdo o no es un hecho que es así, es la Ley y es lo que pone. Y ahora, ¿piensas de verdad que todos los compañeros cumplen informando e introduciendo únicamente datos de interés policial?

  2. #2
    No estoy obviando nada, lo he copiado literal, he ampliado las partes más importantes para rebatir tu anterior comentario, pero puedes leerla al completo y verás que también aparecen las recomendaciones que hace la AEPD, esas no las he recalcado porque como ya las había puesto el compañero que había abierto el hilo en otro post (en el que sólo aparecían dichas recomendaciones y no el resto de lo que dice la memoria) y no te pego la resolución completa porque no la he encontrado.

    No sé si has leído todo lo que he puesto, en ningún momento he expresado si estoy a favor o en contra, ni tampoco en que no haya componentes (digo componentes porque englobo a cualquier miembro de cualquier empleo/escala) que hagan un uso incorrecto en todo el proceso de recopilación y gestión de los datos personales, sólo digo, que a día de hoy no hay nada que a efectos legales se haya pronunciado en contra de la Guardia Civil a este respecto, que no quiere decir que un futuro no lo haya y que el pronunciamiento de la AEPD en este caso, ha sido favorable a la Guardia Civil.

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