En Andalucía, la ley 11/2003 dice lo siguiente : ArtŒculo 3. Obligaciones.1. El poseedor de un animal objeto de protecci‘n por la presente Ley tiene las siguientes obligaciones:
a) Mantenerlo en buenas condiciones higiˆnico-sanitarias, realizando cualquier tratamiento que se declare obligatorio y suministrndole la asistencia veterinaria que necesite.
b) Proporcionarle un alojamiento adecuado seg–n la raza o especie a la que pertenezca.
c) Facilitarle la alimentaci‘n necesaria para su normal desarrollo.
d) Cuidar y proteger al animal de las agresiones, situaciones de peligro, incomodidades y molestias que otras personas o animales les puedan ocasionar.
e) Evitar las agresiones del animal a las personas o a otros animales, asŒ como la producci‘n de otro tipo de daños.