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  1. #1
    Cita Iniciado por Dox Ver mensaje
    Se te ha olvidado que la Guardia Civil también depende del Ministerio de Defensa,
    La burrada del año. :| :|

    Real Decreto 400/2012, de 17 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio del Interior.

    Articulo 1. Organizacion.

    6. El Ministerio del Interior se estructura en los siguientes órganos superiores y directivos:

    a) La Secretaría de Estado de Seguridad, de la que dependerán los siguientes órganos directivos:
    1.º La Dirección General de la Policía, cuyo titular tendrá rango de subsecretario.
    2.º La Dirección General de la Guardia Civil, cuyo titular tendrá rango de subsecretario.
    3.º La Secretaría General de Instituciones Penitenciarias.
    4.º La Dirección General de Relaciones Internacionales y Extranjería.
    b) La Subsecretaría del Interior, de la que dependerán los siguientes órganos directivos:
    1.º La Secretaría General Técnica.
    2.º La Dirección General de Política Interior.
    3.º La Dirección General de Tráfico.
    4.º La Dirección General de Protección Civil y Emergencias.
    5.º La Dirección General de Apoyo a Víctimas del Terrorismo.

    Es triste pero algunos piensan todavia que somos una rama del ejercito.

    No me voy a poner a explicarte cuando dependeriamos de Defensa ni que competencias tienen el Ministro de Defensa o el Subsecretario porque eso deberias saberlo.
    Y aunque pertenecieramos a Defensa... Tu crees que el JEME le quita soldados al JEMA??

    A lo que vamos. Galones propios para la GC, no solo Cabos y guardias.
    Última edición por sintricornio; 15/01/2015 a las 16:04

  2. #2
    Hombre, que estemos discutiendo a estas alturas de la dependencia de la GC del MISDEF parece absurdo.

    Articulo Real Decreto 454/2012, de 5 de marzo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Defensa.,

    3. El Ministerio de Defensa, bajo la dirección del titular del Departamento, se estructura en:

    a) Las Fuerzas Armadas.

    b) La Secretaría de Estado de Defensa.

    c) La Subsecretaría de Defensa.

    d) La Secretaría General de Política de Defensa.

    4. La Guardia Civil depende del Ministro de Defensa en los términos previstos en la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, en la Ley 42/1999, de 25 de noviembre, de Régimen del Personal del Cuerpo de la Guardia Civil, en la Ley Orgánica 5/2005, de 17 de noviembre, de la Defensa Nacional y en la Ley Orgánica 12/2007, de 22 de octubre, del régimen disciplinario de la Guardia Civil.
    Última edición por Dox; 15/01/2015 a las 16:24

  3. #3
    Cita Iniciado por Dox Ver mensaje
    Hombre, que estemos discutiendo a estas alturas de la dependencia de la GC del MISDEF parece absurdo.
    Osea en Estado de Sitio o Guerra. Algo excepcional y que nunca se ha dado, cuando se declare pasaremos a depender de Defensa para una vez normalizada la situacion volver a Interior. Que discutas esto me parece ofensivo. Buscate el organigrama del Ministerio de defensa a ver si con dibujitos lo entiendes.

    Pertenecemos a Interior pues somos una Fuerza de Seguridad y no una Fuerza Armada (que se tiene consiferacion de fuerza armada unicamente los compañeros encuadren en misiones militares).

    O tambien dudas que seamos una fuerza de seguridad?? No se, igual tu vas con una MG42 y un Mortero asaltando cotas por tu demarcacion, y patrullas en un TOA. Todo eso contando con que seas guardia, que lo dudo.

    Madre mia lo que hay que leer,
    Última edición por sintricornio; 15/01/2015 a las 21:07

  4. #4
    Cita Iniciado por sintricornio Ver mensaje
    Osea en Estado de Sitio o Guerra. Algo excepcional y que nunca se ha dado, cuando se declare pasaremos a depender de Defensa para una vez normalizada la situacion volver a Interior. Que discutas esto me parece ofensivo. Buscate el organigrama del Ministerio de defensa a ver si con dibujitos lo entiendes.

    Pertenecemos a Interior pues somos una Fuerza de Seguridad y no una Fuerza Armada (que se tiene consiferacion de fuerza armada unicamente los compañeros encuadren en misiones militares).

    O tambien dudas que seamos una fuerza de seguridad?? No se, igual tu vas con una MG42 y un Mortero asaltando cotas por tu demarcacion, y patrullas en un TOA. Todo eso contando con que seas guardia, que lo dudo.

    Madre mia lo que hay que leer,

    Pero por favor, que dices,

    La Guardia Civil no solo depende MISDEF durante la vigencia del estado de sitio y excepción (el de guerra no existe), otra cosa es que durante la vigencia de los citados estados dependa únicamente del MISDEF

    Tienes que saber que del Excmo. Sr. Ministro de Defensa depende tu nombramiento como guardia, tu ascenso, tu situación administrativa tu material, tus acuartelamientos, tus instalaciones, tu armamento, Régimen disciplinario tu separación del servicio en su caso, tu rehabilitación en su caso, tu retiro, tu pensión ...........................todo salvo las retribuciones el resto depende del MISDEF

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