Buenas tardes a todos, tal y como os comenté soy un compañero de los muchos que vinimos del Ejercito, en el cual estuve en total mas de diez años..... por eso y por llevar mas de veintisiete años en el Cuerpo, me creo con cierta "autoridad" para opinar sobre el tema, eso sí, no mas que cualquier compañero, pero sí con mas visión que me da el haber estado en ambas Instituciones un tiempo bastante prudencial para poder opinar. Estaremos de acuerdo que el Cuerpo es un Instituto armado de naturaleza militar y que somos miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y no de las FAS, cosa que vino sucediendo hasta hace varios decenios, por eso nuestra larga tradición con el Ejercito y en concreto con el de Tierra. Que nuestras misiones tal y como queda reflejada en varias leyes, es la policial.....aunque nuestra normativa interna le confiera al Ministerio de Defensa ciertas competencias (ascensos, etc.) y otras en coordinación con el de Interior, pero todo ello sin desvirtuar el cometido o misión principal que le atribuye la Constitución o las Leyes.....Seria de una incongruencia mayúscula que un cabo o cabo 1º de los Ejércitos que superan una oposición, se pasan casi un año en practicas para salir de guardia civil, que contaban con estatus de la OTAN OR03 Y OR-04, que al ingresar en el Cuerpo lo hicieran con el OR-01 que es el que le corresponde a un soldado. Esto no lo entiende nadie pues son la Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado las que reservan plazas para militares y no al revés. Ahora imaginaros un Cabo 1º que ingresa en el Cuerpo y por cualquier motivo pide la baja del Cuerpo, pues queda en la situación militar que corresponda.......o sea que si hubiera una movilización regresaría al Ejercito de cabo 1º, pues tiene el empleo consolidado y si coincide con antiguos compañeros del Cuerpo pues ¿seria un mando por encima del cabo de la guardia civil?.....!vaya disyuntiva!!!. Nadie ha pensado en esta situación.......Por eso vuelvo a repetir que lo que se debería de hacer es re-modelar la Escala de Cabos y guardias y dotar al guardia civil aparte de ser un agente de la policía es dotarle cuando vayamos en contingente o misiones militares de un empleo militar que a mi modo de ver seria algo parecido a esto:
Guardia Civil = OR05 = Cabo Mayor Suboficial
Cabo y Cabo 1º GC = OR-06 = Sargento
Cabo Mayor GC y Sgto GC = OR07
Sgto 1º y Bgda GC = OR08
Subtte. y Sub.Mayor GC = OR-09
Todo esto llevaría a dar a todos los guardias civiles independientemente de su empleo en el Cuerpo, un status militar correspondiente al tipo de misiones que se le confieren cuando forman parte de un contingente o Unidad integrada del Ejercito, sin desvirtuar su cometido cuando realizan sus funciones propias de Fuerzas de Seguridad. Por todo ello considero que en funciones policiales que son la inmensa mayoria de los servicios del Cuerpo se deberian de llevar unas divisas de tipo policial.... y cuando vayamos formando parte de un contingente militar se activen los empleos militares que a cada uno le correspondiese con su correspondientes divisas, todo esto serian empleos "provisionales" hasta que concluya la misión en las FAS. (empleos provisionales ya han existido en las FAS, caso de sargentos provisionales, alféreces provisionales)
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