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  1. #1
    A 6,5h los días sueltos y 32,5 horas presenciales las semanas enteras.
    No hay nada repartido de modo más equitativo en el mundo que la razón: todo el mundo está convencido de tener suficiente.

  2. #2
    Cita Iniciado por Pamplinas Ver mensaje
    A 6,5h los días sueltos y 32,5 horas presenciales las semanas enteras.

    Pero si tengo 2 días sueltos, entonces será 6,5 x 2=13, y tendría que hacer 37,5 - 13=24,5 horas en esa semana??

  3. #3
    Cita Iniciado por ELRUMBEROVERDE Ver mensaje
    Pero si tengo 2 días sueltos, entonces será 6,5 x 2=13, y tendría que hacer 37,5 - 13=24,5 horas en esa semana??
    Si tienes dos días sueltos de jefe, esa semana 35,5h en total de las que 13h harás en los dos días de jefe. Así lo hago yo y mi titular. En agosto le voy a sacar la pringue bien a la OG, que me quedo todo el mes, salvo 4 días que son por DS del titular.
    No hay nada repartido de modo más equitativo en el mundo que la razón: todo el mundo está convencido de tener suficiente.

  4. #4
    Cita Iniciado por Pamplinas Ver mensaje
    Si tienes dos días sueltos de jefe, esa semana 35,5h en total de las que 13h harás en los dos días de jefe. Así lo hago yo y mi titular. En agosto le voy a sacar la pringue bien a la OG, que me quedo todo el mes, salvo 4 días que son por DS del titular.
    Lo que dice la O.G es que si la sucesión es inferior a un mes, el sustituto seguirá en su jornada de trabajo de 37,5, de las que al menos 32,5 serán presenciales y 5 de disponibilidad, yo me he quedado una semana entera y he echo 33 horas y 4,5 de disponibilidad, que ademas no se graban en ningún sitio, según SIGO de mi Comandancia, esta bien echo.-

  5. #5
    Cita Iniciado por gcandres Ver mensaje
    Lo que dice la O.G es que si la sucesión es inferior a un mes, el sustituto seguirá en su jornada de trabajo de 37,5, de las que al menos 32,5 serán presenciales y 5 de disponibilidad, yo me he quedado una semana entera y he echo 33 horas y 4,5 de disponibilidad, que ademas no se graban en ningún sitio, según SIGO de mi Comandancia, esta bien echo.-
    Perfecto así es. Yo calculo a 6,5h presenciales y una de disponibilidad por día de sustitución.
    No hay nada repartido de modo más equitativo en el mundo que la razón: todo el mundo está convencido de tener suficiente.

  6. #6
    Cual es el máximo de horas de exceso que se paga a 12 Euros en computo mensual a los que tenemos una jornada de 37,5 horas??? Alguien sabría contestarme eso? esque en mi puesto no se aclara ni el comandante de puesto.

  7. #7
    Según tengo entendido depende del número de semanas del mes. En meses de 4 semanas te puedes pasar 10 horas y con 5 semanas 12,5. Lo que pasa es que la fórmula te pone un tope en función de los días deducibles que afectan directamente a la fórmula CREX=HE-HE40

  8. #8
    Cita Iniciado por lemurdavid Ver mensaje
    Según tengo entendido depende del número de semanas del mes. En meses de 4 semanas te puedes pasar 10 horas y con 5 semanas 12,5. Lo que pasa es que la fórmula te pone un tope en función de los días deducibles que afectan directamente a la fórmula CREX=HE-HE40
    Gracias compañero por tu respuesta, en principio es lo que yo creo pero a ver si consigo aclararlo con documentos, nuevamente GRACIAS.

  9. #9
    Entonces grabas un servicio de 08:00 a 14:30 y la hora de disponibilidad no se graba en ningún sitio?

  10. #10
    Exacto, la disponibildad no se graba. Yo si estoy una semana entera (o varias) hago 8h por servicio y así todas las horas de disponibilidad las "acumulo" y tengo un día sin servicio presencial, y eso que me llevo.
    No hay nada repartido de modo más equitativo en el mundo que la razón: todo el mundo está convencido de tener suficiente.

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