Ya he comentado que con la nueva normativa que han propuesto como definitiva es muy complicado hacer un turno fijo, máxime cuando se reconocen necesidades del servicio, razones organizativas, ..., y además hay que tener encuenta que cada guardia tiene unas horas totales anuales diferentes. No es lo mismo tener 6 días de asuntos propios que siete, como tampoco es lo mismo coger 23 días hábiles de vacaciones y tener 31 por añadirle los sábados y domingos. Mirando el computo de cada uno habrá gente que pueda acercarse más al turno fijo según tenga 24 días de vacaciones y 8 de asuntos propios que los que sólo tienen el mínimo.
Fuera aparte que si respetamos la norma general lo que es seguro son 5 días de trabajo y 2 de descanso, mientras que si se aplica de forma única t, m, n, s l l haríamos el cómputo mensual si le desquitamos un libre al mes por cada tres noches. Eso sin contar que haya otro libre por cada X festivos. Pero estamos hablando de ocho horas entre servicio y servicio, algo que la excepción, y que podría aplicarse por falta de efectivos, pero encuanto entren dos promociones de 2000 personas, adios a lo bueno.
Un saludo.
p.d.- no os rompais la cabeza hasta que aprueben la norma, pues todavía pueden aparecer sorpresas por las enmiendas.
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