No no Franco de Servicio
Hola buenas compañeros, me surge una duda respecto a los días festivos (14 anuales).
Según la orden es un día deducible de 7.5 horas, ¿he de entender que es un día nombrado como festivo (que puede no coincidir con el día festivo) en el cual no se trabaja y se computa con 7.5 horas,?. Es decir,
como un día singularizado que aparece en el cuadrante.
Ya que hasta ahora estos festivos de descontaba en mi unidad 7.5 horas del cómputo mensual.
Gracias.
No no Franco de Servicio
Si tienes vacaciones de semana santa el día 2 y 3 k son festivos, cuando te deducen, en abril o mes siguiente???
Al mes siguiente.
Ok gracias
el mes siguiente no, el mismo dia es posible, sino sera en la misma semana, y sino sera en la semana siguiente, que es eso de el mes siguiente, de donde sacas eso, de verdad que cada uno interpreta la OG como quiere, por favor, no lleveis a engaños a la gente.Esta puesto y requetepuesto en este hilo.
Y ademas diferenciar una cosa, cuando disfrutas el libre esta puesto literal en la OG, y el tema de deducir 7.5 horas por el festivo, es en el computo mensual, por tanto, no cabe que te lo metan al mes siguiente.
Sigue leyendo la ley artículo 16 punto 2 nadie confunde a nadie hay que leer todo....el mes siguiente no, el mismo dia es posible, sino sera en la misma semana, y sino sera en la semana siguiente, que es eso de el mes siguiente, de donde sacas eso, de verdad que cada uno interpreta la OG como quiere, por favor, no lleveis a engaños a la gente.Esta puesto y requetepuesto en este hilo.
Y ademas diferenciar una cosa, cuando disfrutas el libre esta puesto literal en la OG, y el tema de deducir 7.5 horas por el festivo, es en el computo mensual, por tanto, no cabe que te lo metan al mes siguiente.
también lo ponía en la o.g antigua la 4/2010 y te deducian las horas del compputo mensual y arreando....
O no te has leído el mensaje del compañero o no te has leído la Orden General o lo que me parece más probable, no te has leído ni la una ni la otra, madre mía...el mes siguiente no, el mismo dia es posible, sino sera en la misma semana, y sino sera en la semana siguiente, que es eso de el mes siguiente, de donde sacas eso, de verdad que cada uno interpreta la OG como quiere, por favor, no lleveis a engaños a la gente.Esta puesto y requetepuesto en este hilo.
Y ademas diferenciar una cosa, cuando disfrutas el libre esta puesto literal en la OG, y el tema de deducir 7.5 horas por el festivo, es en el computo mensual, por tanto, no cabe que te lo metan al mes siguiente.
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