Cita Iniciado por steveo Ver mensaje
Hola buenos días. Tengo una duda con el disfrute de los días singularizados.

Si en un mes hago 6 festivos me corresponden 2 días singularizados.

¿Esos 2 días los puedo disfrutar*el mes siguiente?. O ¿solo puedo disfrutar 1?

Lo pregunto porque me han llegado a decir que sólo se puede disfrutar 1 día singularizado por nocturno y por festivo. Pero nunca*2*por lo mismo.
Madre mia las interpretaciones que hacen algunos. Parece un concurso para ver quien hace la interpretación más aberrante de la OG.
Como han dicho son 2 al mes independientemente de la manera que se hayan generado.