La Ley durará un suspiro. No se puede abordar una Ley tan importante de esta manera, sin consenso alguno.
1) Yo creo que sí. De todas formas veo mejor una infracción y soplar 300 pavos que no un Juicio y 120... No lo veo mal, hay que librar a los Juzgados de las chorradas.
2) Ahí ni idea, quizá se pueda con el 36-3 (grave), que en función del acto la sancionen con la menor cuantía. O quizá el 36-6 adaptándolo. No sé, quizá saquen después algo, o se enmiende eso, porque a veces la alteración no es grave, es solo una garrulada y ya está. Bueno, siempre nos quedará la Ordenanza Municipal que haya...
3) Eso yo creo que no cambia, hay que aprehender y todo, porque si no el tío alega que es un ficus y listo. Supongo que es para cuando trinques a un inútil con 2 tiestos, pues no imputarle y tal.
En fin. A ver que pasa.
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