Perdona, pero ahí no hace mención alguna a que se conceda de oficio. Únicamente dice que se ha concecido la compatibilidad solicitada para la actividad laboral que solicitó en primera instancia.
En el apartado b del siguiente post, te lo dejo bien aclarado...y expuesto, que la forma de solicitar TODO EMPLEADO PÚBLICO si quiere ejercer una segunda actividad laboral ya sea pública o privada, es que lo solicite a su órgano superior del que depende, caso de ser negado, esto ya te lo añado yo, lo puedes recurrir ante el contencioso administrativo.
Y para darte más información y ejemplo: Un GC destinado en la ATGC motorista, destinado en un Dto de Burgos, solicita la compatibilidad para ejercer una segunda actividad remunerada y privada, la cual consiste en conductor de taxi en Madrid, el mismo, la solicita por los cauces reglados ante sus superiores, jefe de subsector, sector, la misma instancia elevada a Coronel de material de la ATGC, la respuesta...denegada...el GC persiste y la continúa hasta la DGGC, la misma contestación, denegada...siguiente paso...vamos al Contencioso administrativo, con el tiempo al final de todo todo todo...la justicia le da la razón y se admite la compatibilidad.
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