A ver...art. 24.2...reg. disc. hasta 4 dias de cese en sus funciones habituales...si te refieres a que el reg. disc. en el apartado de sanciones únicamente recoge la suspensión de empleo estamos hablando de cosas distintas.
Y lo de tener un principio y un final me refería justamente a lo que tu tan rápido has apuntado...6 meses o la duración de la prisión providional. Es decir que tiene bien delimitados los plazos.
Marcadores