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  1. #1
    ¿entonces el festivo sigue comenzando el sábado a las 15???

  2. #2
    Cita Iniciado por corleone79 Ver mensaje
    ¿entonces el festivo sigue comenzando el sábado a las 15???
    Artículo 12. Clasificación de las horas de servicio.
    1. A los efectos de esta orden general, las horas de servicio de actividad presencial de
    cualquiera de las modalidades de prestación del servicio, se clasifican en:
    a) Ordinarias: Aquellas que no son de especial significación, festivas, nocturnas o de especial
    consideración.
    b) De especial significación: Las comprendidas entre las catorce horas del 24 de diciembre y
    las seis del 26 de diciembre, así como las comprendidas entre las catorce horas del 31 de
    diciembre y las seis del 2 de enero.
    c) Festivas: Con excepción de las de especial significación, las comprendidas entre las
    quince horas del sábado y las seis del lunes siguiente, así como las veinticuatro horas de
    los demás días que, de acuerdo a lo que se establezca en las correspondientes
    resoluciones del Ministerio de Empleo y Seguridad Social, las Comunidades Autónomas y
    las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla, sean declarados festivos de ámbito nacional,
    autonómico o local en la población donde esté ubicada la unidad en la que el personal
    afectado esté destinado o en comisión de servicio.
    d) Nocturnas: Con excepción de las festivas y las de especial significación, las consecutivas
    comprendidas entre las veintidós y las seis horas del día siguiente, así como las horas de
    los servicios que tengan la consideración de nocturno.

    El borrador lo mando AUGC

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