Buenas a todos/as, he leído la orden, lo que interpretan las asociaciones, pero a mi no me deja claro el descanso diario, ya que dice 11 horas como norma general, y tambien dice de 8 horas por conciliación y organizativas. La duda me viene si las unidades se acogeran a uno o a otro de manera organizativa según convenga a la misma, si fuera asi pienso que pondrian 8 horas y se continuaria con los dobletes o por si de lo contrario sera de manera puntual. Tambien por conciliacion habla de 8 horas que me imagino que si habra que lo mismo desconozco si sera algo puntual que solicites o que lo decida el jefe a su criterio. Despues habla de 8 horas si después va el descanso semanal, por lo que entiendo que tendremos un doblete todas las semanas. En fin creo que lo del descanso diario desde mi punto de vista debería haber quedado mas desarrollado. Un saludo
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