imposible compañero.. Art. 14.1.c.. las 8 horas solamente se podrán poner si a continuación se tiene un descanso semanal, porque el Art.14.1a está especificado para vicisitudes del servicio no contempladas en este caso dado que el cuadrante lo tienes que tener planificado con anterioridad. Las razones organizativas entiendo y que serán dictadas por altos mandos.-