Notapor MANUALMERIA » Jue Ene 01, 2015 10:02 pm
esto es lo que me contestó Ministerio de defensa a mi consulta.

Buenos días:

En relación a su correo de fecha 10.09.2014, se informa que esta Subdirección General, solo puede remitir información general sobre la pensión de Clases Pasivas de carácter voluntario a la que desea acogerse.

Según establece el art. 28.b) del Real Decreto Legislativo 670/1987, de 30 de abril por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Clases Pasivas del Estado, el interesado debe tener cumplidos los 60 años de edad y reconocidos 30 años de servicios efectivos al Estado. Se descuentan 9 meses de servicio militar obligatorio.

Esperamos haberle sido de utilidad.
Saludos cordiales.