Cita Iniciado por Falcata Ver mensaje
Los militares que no sean Cabos y no tengan lo de Tropa Permanente, al cumplir los 45 años tienen esto:

"1. Los militares profesionales de tropa y marinería, siempre que tengan cumplidos al menos 18 años de servicios y lo soliciten, adquirirán la condición de reservista de especial disponibilidad una vez finalizado el compromiso de larga duración al cumplir la edad de 45 años.
El militar profesional de tropa y marinería, que con más de 45 años de edad no haya cumplido los 18 de servicios por haber accedido a la condición de militar de tropa y marinería con más de 27 años de edad, y tenga posibilidad de alcanzarlos antes de cumplir los 47 años de edad, podrá ampliar su compromiso hasta que adquiera el tiempo de servicios mencionado.
1. El reservista de especial disponibilidad percibirá una asignación por disponibilidad, distribuida en 12 mensualidades, por un importe de 7.200 euros al año; dicha cuantía será actualizada y podrá ser objeto de revisión al alza en las Leyes de Presupuestos Generales del Estado. Esta asignación por disponibilidad es incompatible con cualquier otra retribución procedente del sector público.
2. Los reservistas de especial disponibilidad podrán estar voluntariamente de alta en el Instituto Social de las Fuerzas Armadas, siempre que abonen a su cargo las cuotas correspondientes al interesado y al Estado.
4. Cuando se adquiera la condición de reservista de especial disponibilidad, éste conservará los derechos pasivos que para sí o sus familiares pudiera haber adquirido hasta ese momento, en los términos fijados en la disposición adicional décima del texto refundido de la Ley de Clases Pasivas del Estado, aprobado por Real Decreto Legislativo 670/1987, de 30 de abril.

Al menos, si llega el caso, podrás buscar trabajo en el sector privado en mejores condiciones.
Eso no deja de ser un parche... no confío mucho en esa supuesta remuneració...