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  1. #1
    Entiendo que sobre los turno sería en forma de Orden General, y por consiguiente una Orden General afecta a todo el personal que esté acogido al Régimen General, sería sumamente injusto y nada equitativo que los Puestos grandes se beneficien de unos turnos fijo y los Puesto pequeños tengan lo que al jefe le salga de la punta del lápiz.

  2. #2
    Cita Iniciado por MISTIKO Ver mensaje
    Entiendo que sobre los turno sería en forma de Orden General, y por consiguiente una Orden General afecta a todo el personal que esté acogido al Régimen General, sería sumamente injusto y nada equitativo que los Puestos grandes se beneficien de unos turnos fijo y los Puesto pequeños tengan lo que al jefe le salga de la punta del lápiz.
    Pues así será de injusto por lo que pone en la O.G:

    En el plazo máximo de un año desde la entrada en vigor de la presente orden, el
    Jefe del Mando de Operaciones determinará aquellas unidades de las incluidas en el
    régimen de prestación de servicio general que, de forma progresiva en su implantación y
    aplicación, podrán realizar servicio en la modalidad de prestación a turnos, y su régimen
    propio, de acuerdo con las especificaciones contempladas en el artículo 7.

    Artículo 7. Modalidad de prestación del servicio a turnos.
    Modalidad que consiste en la prestación de servicios en turnos rotatorios con una
    cadencia regular fija, continua o discontinua, determinada por ciclos que incluyen períodos
    de servicio de mañana, tarde o noche, así como un régimen propio de descansos,
    conforme a la jornada de trabajo.
    En la fijación de su régimen propio de descansos, que deberá adecuarse a la cadencia
    regular de turnos rotatorios que caracteriza esta modalidad de servicio, se tendrán en
    cuenta los efectos de los que corresponderían por los días festivos fijados anualmente
    y por la aplicación de los descansos singularizados a que se refiere el artículo 25 de la
    presente orden.

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