Estimados compañeros:

Como prometí, aquí va un resumen de las características, ventajas y desventajas del turno expuesto a modo de ejemplo para las unidades de seguridad ciudadana o fiscal:

CICLOS DE TRABAJO EN CÓMPUTO ANUAL: 26 ciclos de 14 días.

CADENCIA: Jornadas de servicio (J) de miércoles a martes/miércoles y descansos (L) de miércoles/jueves a martes, en la siguientes sucesión (J) XJVSD-LM/X (L) X/JVSD-LM.

VACACIONES Y PERMISOS: Siete (7) días de vacaciones y (5 o >) días de permiso por asuntos particulares.
El resto de las vacaciones se encuentran prorrateadas en el ciclo anual.
Cuando se soliciten los días de vacaciones, en una sola petición del total de los días, éstos deberán coincidir con los días de servicio (J) del ciclo y, se entenderán también como vacaciones, los siete (7) días de descanso inmediatamente anteriores y los siete (7) días inmediatamente posteriores. Entendiéndose entonces que el disfrute de vacaciones se realiza sobre un total de 21 días consecutivos.
Los días de permiso por asuntos particulares podrán ser solicitados en cualquier fecha correspondiente a días de servicio o de descanso.
Se establecen periodos de exención de disfrute de permisos por asuntos particulares. Estos periodos serán coincidentes con los festivos y vísperas de festivo de las localidades existentes en la demarcación de la Unidad de prestación de los Servicios.

PLANIFICACIÓN DE LOS CICLOS: Con periodicidad anual, entendidos aquellos como ciclos de mañana (M), tarde (T) o noche (N). El cambio de turno (ciclo) conllevará el derecho de percepción de la productividad correspondiente.

PLANIFICACIÓN DE LOS SERVICIOS: Con periodicidad bisemanal, de forma que al finalizar un ciclo de servicios, se conocerá el horario de prestación de servicio del siguiente ciclo de servicio, el cual se conoce ya con periodicidad anual.

ICREM-ICREX: En los mismos parámetros marcados por la actual Orden General. Entendiéndose como objeto de recompensa el cambio de turno siempre dentro de un ciclo de servicio, es decir, cambiar a turno de tarde a quién tiene planificado turno de mañana, o cualquiera otra combinación entre turnos. Asimismo se incluyen en este epígrafe las llamadas horas de exceso, hasta el tope de 10 horas por cada dos ciclos de servicio.

CAMBIOS DE SERVICIO: Sobre parte o sobre el total de los ciclos de servicio. Dos efectivos pueden solicitar la acumulación de los servicios de uno al otro y viceversa, de forma que se acumulen asimismo los días de descanso.

SERVICIOS EXTRAORDINARIOS: Dichos servicios, fuera de la planificación anual, serán objeto de remuneración extraordinaria de carácter obligatorio, la cuantía de la remuneración será fijada en el doble que la fijada actualmente para las horas de exceso con carácter mensual.
El límite a dichos servicios será de de 1 servicio en cada cadencia de 2 ciclos de servicio, salvo circunstancias de excepcional necesidad.
Dichos servicios podrán ser de dos tipos, obligatorios y voluntarios:
- Obligatorios: Aquellos ordenados por la superioridad por necesidades del servicio, sin carácter excepcional, pero que no han podido ser planificados.
- Voluntarios: Aquellos planificados en las fechas de celebración de eventos que requieran de la Fuerza Pública, y que son conocidos con la antelación suficiente, pudiendo ser solicitados con carácter voluntario por aquel personal que se encuentre en dichas fechas en situación de descanso (L).

CONFORMACIÓN DE LOS TURNOS: Inclusión del personal de las Unidades territoriales de seguridad ciudadana, en unidades funcionales, a nivel de núcleo operativo (puede ser coincidente o no con un Puesto Principal) o de Compañía.

UNIDADES FUNCIONALES: De nueva creación, operativas (plena aplicación turnos) y de investigación. No se hace necesario ningún cambio orgánico, ya que la Orden General que establece el funcionamiento de las Compañías, ya cita su factible creación.

Un cordial saludo,


DESVENTAJAS

- La mayor parte de las vacaciones están prorrateadas.

- Para quienes disfrutan vacaciones de meses enteros, esta modalidad solo permitiría hasta un máximo de 21, a la sazón 14 libres + 7 vacaciones + 5 o > de asuntos particulares (Siempre que las fechas no sean coincidentes con las consideradas restringidas)

- El personal no sujeto régimen general (Jefes de Unidad) no está incluido en el sexto turno.

- Acumulando dos ciclos de servicio, bajo acuerdo con un compañero de uno de los turnos alternos, se presta servicio 14 días seguidos.

-Se presta servicio 8 días seguidos durante 13 ciclos, a los que siguen 6 días de descanso y se trabajan 7 días seguidos durante 13 ciclos, a los que siguen 7 días de descanso.
(Ahora, en un Puesto se pueden trabajar seguidos hasta diez días, en dos semanas)


VENTAJAS


- Se presta servicio con carácter general, un total de 190 jornadas al año. (Descontados 5 días de asuntos particulares)

-Conciliación de la vida laboral y familiar. (Para más del 90 por ciento del personal destinado en seguridad ciudadana)

-Adopción de cadencias de trabajo, destinadas a rebajar el nivel de estrés profesional.

-Cumple con la Directiva 88/2003, sobre el descanso entre servicios. ENTRE SERVICIOS EXISTE UN MÍNIMO DE 11 HORAS (hasta 16 horas)

-Permite conciliar la vida laboral y familiar, por la previsión anual de los servicios. CUADRANTE ANUAL.

-Se disfruta descanso uno de cada dos fines de semana. SE LIBRAN LA MITAD DE LOS FINES DE SEMANA DEL AÑO.

-Estabilidad en el potencial de servicio durante todo el año. SE ELIMINAN LOS PERIODOS CON POCO PERSONAL, PUES EXISTE EL MISMO DURANTE TODO EL AÑO.

-Posible prestación de un servicio mensual de carácter extraordinario, de obligatoria compensación económica. SE RECONOCEN LAS HORAS EXTRAORDINARIAS POR LA VÍA DE LOS HECHOS. (Hasta el límite de las 10 actuales)

- El personal de los Puestos ordinarios A, B y C, están contemplados dentro de las unidades funcionales de seguridad ciudadana a crear en cada núcleo operativo o Compañía.

- Se incluyen en el llamado sexto turno a todos los guardias civiles y cabos que no se encuentren incluidos en los epígrafes de investigación o mando.

- Sexto turno impuesto a través de Orden General, con periodicidad 8-6 / 7-7, publicada de forma anual, así como los servicios a prestar en cada ciclo por cada uno de los turnos (PUBLICIDAD)

- Asignación del personal, en cada uno de los seis turnos, con equilibrio entre la antigüedad de sus integrantes. (ECUANIMIDAD)

- Cuadrante planificado y nombrado por el Jefe del Núcleo Operativo. (OBJETIVIDAD)

- Modificaciones aprobadas y ordenadas solo por el Jefe de la Compañía. (SUBJETIVIDAD MOTIVADA)

- Solo existe necesidad de modificaciones, si las ausencias para el servicio (absentismo) son extremadamente prolongadas, si existe fuerza mayor (la razón de nuestra profesión) o ausencia de voluntarios para prestar los servicios gratificables (abonables en su integridad, uno en cada periodo de 4 semanas) NECESIDAD REAL PERO GRATIFICADA.

- Las jornadas de trabajo son de 8 horas de duración y los excesos se retribuirían de forma directa hasta las 10 horas de exceso por cadencias de 28 días, que incluyen dos ciclos de servicio.

- El servicio extra posible, de carácter voluntario se abonaría de forma directa, con independencia de las horas de exceso acumuladas, en cada periodo de 28 días.

- El servicio extra posible, de carácter forzoso y obligatorio, se abonaría de forma directa, con independencia de los anteriores y con el coeficiente 2, al igual que un servicio extra voluntario, aplicado al abono de las horas de exceso en cada cadencia de 28 días.

- Cambiando servicios con otro compañero, se pueden descansar hasta 14 días consecutvios, en el siguiente orden MJVSD/LMXJVSD/LM, en los cuatro meses de verano, JUNIO, JULIO, AGOSTO y SEPTIEMBRE.

- Se siguen disfrutando los días de permiso por asuntos particulares

- En NAVIDAD y SEMANA SANTA, se descansan SIETE DÍAS seguidos, teniendo 3 de éstos, a elección del efectivo, la consideración de PERMISO DE NAVIDAD O SEMANA SANTA, como corresponda.

-Alternancia de la prestación de servicios en fechas señaladas de Navidad. QUIENES TRABAJAN UNAS DETERMINADAS FECHAS ESTE AÑO, AL AÑO SIGUIENTE LAS LIBRAN.

- La formación se imparte en un día, cada ciclo de ocho días de trabajo.

- Formación garantizada (88 a 104 horas garantizadas)

- La formación, impartida en los ciclos 8-6, se corresponde con los ciclos que no coinciden con VERANO (junio, julio, agosto y septiembre), NAVIDAD (aproximadamente del 22/12 al 09/01) y SEMANA SANTA (variable), hasta un total de 12 ciclos.