Utilizamos cookies propias y de terceros para realizar el análisis de la navegación de los usuarios.
Si continúa navegando consideramos que acepta su uso. OK | Más información

Página 1 de 13 12311 ... ÚltimoÚltimo
Resultados 1 al 10 de 123
  1. #1

    Turno 8j-6l y 7j-7l ventajas e inconvenientes

    Estimados compañeros:

    Como no vamos a inventar nada nuevo, casi se podría adoptar alguna de las fórmulas de planificación de servicios que ya se realizan en otros cuerpos policiales. Pongamos un ejemplo para aquellas unidades de seguridad ciudadana o fiscal:

    9 ciclos de 8/7 jornadas de trabajo (mañana) + 6/7 días libres, 9 ciclos de 8/7 jornadas de trabajo (tarde) + 6/7 días libres, 8 ciclos de 7 jornadas de trabajo (noche) + 7 días libres, en la siguiente cadencia, 8 MAÑANAS/6 LIBRES- 8 TARDES/6 LIBRES - 7 NOCHES/7 LIBRES.

    A fin de aumentar el potencial de servicio y de paliar la disminución de éste, existe la posibilidad de realizar un servicio de 8 horas de carácter extraordinario por cada dos ciclos de trabajo (28 días, vamos aproximadamente cada mes), en aquellas fechas coincidentes con eventos que hagan necesario un aumento de efectivos (orden público, fiestas, etc..) dicho turno de trabajo se considera extraordinario a todos los efectos, abonándose éste de forma obligatoria con la gratificación correspondiente.

    Se abonaría el ICREX y el ICREM, correspondiente a los días festivos, nocturnos y de especial significación prestados.

    En el mes de noviembre de cada año, y a fin de romper el ciclo de prestación de servicio en fechas señaladas, un ciclo de trabajo se extiende hasta la mitad del siguiente, extendiendo el periodo de descanso hasta alternar la cadencia de prestación. Es decir, quién trabaja las fiestas señaladas de la navidad este año, las libra al año siguiente.

    La contrapartida negativa es que las vacaciones se encuentran prorrateadas, quedando solo disponibles los días de permiso por asuntos particulares, así como aquellos descansos compensatorios resultantes de prestar servicio los días 25 de diciembre y 1 de enero.

    En 52 semanas, se trabajan de forma efectiva 26 semanas. El número máximo de horas de servicio resultante es el siguiente: (13 ciclos de 8 días x 8 horas diarias de servicio) + (13 ciclos de 7 días x 8 horas diarias de servicio)= 832+728=1560


    Hagamos un poco de historia:

    En el año 2011 se probaron dos que casi nadie recuerda.

    - Turno 5J-3L: Este turno se puso en marcha en determinados Puestos principales, y en alguno de los casos con un Puesto ordinario satélite

    ¿Funcionó? Pues, si y no, depende. Había compañeros para los que trabajar 5 días era insufrible, otros para los que no hacer tripletes era ya un desastre. Pero también había de los que solicitando un acumulado se iban 6 días, después de haber trabajado 10, y a esos si les gustaba. ¿Les gustó a todos? Pues no, pero si gustó a una mayoría, ya que se disfrutaban más fines de semana, enteros o partidos.

    - Turno 4J-2L: Este turno se puso en marcha en determinados Puestos ordinarios.

    ¿Funcionó? Si, pero con matices. Los que conocían el 5-3, decían que con un solo día más de trabajo, libraban un día más, y tenían razón. Los que pedían acumulados, se quejaban de que tras 8 días, solo se podían ir 4, cuando con el 5-3, con trabajar 2 días más, te podías ir un total de 6 días.

    Aunque he de comentar que ninguna de estas opiniones fue la que se dio desde la DGGC para decir que no se adoptaban. La explicación oficial fue que: LOS GUARDIAS CIVILES PREFERÍAN PEDIR A SUS JEFES CUANDO LIBRAR EN LUGAR DE QUE ES LO MARCARA UN TURNO. (VER PARA CREER)

    Como este pretende ser un foro abierto, una tormenta de ideas con las que mejorar todos, después de este, animo a todos a que pongan las ventajas y los inconvenientes que estimen oportunos.

    Un cordial saludo,

  2. #2
    VENTAJAS (Concordantes con la nueva Orden General)

    -Elimina el estrés que causa el escaso descanso entre servicios. ENTRE SERVICIOS EXISTE UN MÍNIMO DE 11 HORAS (hasta 16 horas)

    -Permite conciliar la vida laboral y familiar, por la previsión anual de los servicios. CUADRANTE ANUAL.

    -Se disfruta descanso uno de cada dos fines de semana. SE LIBRAN LA MITAD DE LOS FINES DE SEMANA DEL AÑO.

    -Estabilidad en el potencial de servicio durante todo el año. SE ELIMINAN LOS PERIODOS CON POCO PERSONAL, PUES EXISTE EL MISMO DURANTE TODO EL AÑO.

    -Posible prestación de un servicio mensual de carácter extraordinario, de obligatoria compensación económica. SE RECONOCEN LAS HORAS EXTRAORDINARIAS POR LA VÍA DE LOS HECHOS. (Hasta el límite de las 10 actuales)

    -Alternancia de la prestación de servicios en fechas señaladas de Navidad. QUIENES LAS TRABAJAN UN AÑO, AL AÑO SIGUIENTE LAS LIBRAN.

  3. #3
    Habra gente que prefiera eso pero en mi caso no me interesaria, de que me vale librar 6 dias seguidos si antes de ellos trabajo 8 y despues 7? Y las horas semanales cuadran? Y los descansos? Pq hay q recordar que se dividen en 4 y 5 semanas... esta orden nos viene bien pero es muy liosa.

  4. #4
    Cita Iniciado por BeLCeBu Ver mensaje
    Habra gente que prefiera eso pero en mi caso no me interesaria, de que me vale librar 6 dias seguidos si antes de ellos trabajo 8 y despues 7? Y las horas semanales cuadran? Y los descansos? Pq hay q recordar que se dividen en 4 y 5 semanas... esta orden nos viene bien pero es muy liosa.
    DESVENTAJA

    -Se trabajan 8 días seguidos durante 13 ciclos, a los que siguen 6 días libres y se trabajan 7 días seguidos durante 13 ciclos, a los que siguen 7 días libres.

  5. #5
    8 días seguidos no se pueden trabajar, la jornada semanal son 37,5 horas y la semana es de lunes a domingo y un descanso semanal de dos días naturales por semana.

  6. #6
    Lo veo una burrada, como el triplete nada!!! Es verdad que son dos dias dedicado al trabajo pero si se garantizan dos libres con su saliente y entrante de tarde es un turno que yo lo firmaba de por vida....

  7. #7
    Con lo que pone la orden general nueva solo es compatible 4 j SLL o 5j LL lo demás es incumplirla

  8. #8
    Cita Iniciado por cosa_nostra Ver mensaje
    Con lo que pone la orden general nueva solo es compatible 4 j SLL o 5j LL lo demás es incumplirla
    No se si me confundo pero segun tus calculos, puede darse el caso que siempre tengas el Viernes saliente y el Sabado y domingo libres. es decir:
    el que empieza el turno el lunes tendria segun tu 4 Jornadas (Lunes, Martes, Miercoles, y Jueves) y luego Saliente (el Viernes) y luego dos libres (Sabado y Domingo)
    Motivo por el que el servicio que dices 4 j SLL no se puede aplicar, a no ser que se intercale un salto cada semana, para no coincidir siempre el mismo turno.

    Si me confundo en mis calculos, por favor rectificarme, asi me voy haciendo una idea del turno que pueden ponernos con la nueva orden

  9. #9
    que miedo tengo al sr que hace el cuadrante en mi unidad... estos cuadrantes son para dedicarle tiempo ... me temo que nos puedan poner lunes l martes l y de ahí hasta el finde por ejemplo que tenemos que tener parches de relleno, cumpliendo la norma.. ll mtnsmtnstm ll

  10. #10
    bueno pues que alguien me explique cuantas horas trabajamos en marzo, si son semanas naturales. Entiendo 5.35 x 29=155,15

Página 1 de 13 12311 ... ÚltimoÚltimo

Marcadores