Personalmente no comparto para nada las "devoluciones en caliente" y cuando entre en vigor la nueva Ley de Seguridad Ciudadana habrá que ver el encaje (si es que llega a encajar) en el Ordenamiento Jurídico, ya que parece razonable pensar que esas acciones podrían entrar en contradicción con el derecho de asilo y otros procedimientos de protección internacional, recogido aquél en la CE y la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión por lo que es probable que diversos organismos judiciales nacionales y/o de la Unión podrían llegar a pronunciarse sobre la vigencia de esa medida. Creo recordar que España ha ratificado diversos instrumentos internacionales que igualmente podrían verse afectados.
El reclamar protocolos de actuación que den seguridad jurídica a las FCS en las fronteras no tiene mucho que ver con "las devoluciones en caliente" puesto que hay que recordar que los inmigrantes, con independencia de su situación administrativa, tienen garantizados una serie de derechos inherentes a su condición de seres humanos.