Buenas, me surgen un par de dudas. ¿Que norma regula el porte del arma larga durante el servicio? ¿En SC, basta con echarla al maletero y ya o tenemos que tenerla en papeleta?
Buenas, me surgen un par de dudas. ¿Que norma regula el porte del arma larga durante el servicio? ¿En SC, basta con echarla al maletero y ya o tenemos que tenerla en papeleta?
El arma larga como la corta, así como todo el material policial que se porte deberá, figurar en la papeleta de servicio.
Lo del arma corta nunca lo he visto en una papeleta de servicio, se supone que salimos con nuestra arma asignada de patrulla.
Lo del material y armas largas depende de la Unidad, en mi Unidad esas anotaciones las hace el puertas, no van en nuestra papeleta, por ejemplo.
Cada sitio es un cortijo.
En otras partes las armas largas están en Pernambuco, y normalmente se va a por ellas cuando viene en una Orden de Servicios. Si no, nadie va a por ellas, más que nada por ahorrarse el viaje.
En mi Unidad le pides el arma larga al Puertas y el lo anota cuando sales y cuando la entregas tras el servicio.
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