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Resultados 1 al 8 de 8
  1. #1

    Jefe de área puesto principal

    Bueno haber si entre todos arrojamos algo de luz, sobre como afectará las Órdenes Generales nuevas (Jornada e Incentivos).

    A priori como ventaja principal se reconoce la Jornada laboral a los que no estamos acogidos al régimen general, lo que no entiendo muy bien es.... que pasa si nos pasamos de horas en el trimestre (se compensa de alguna manera, con libres o dinero?), en fin se abre la sesión, opinen.
    Última edición por ARRIANO; 12/01/2015 a las 08:48

  2. #2
    Creo recordar que un exceso de 40 horas semanales en computo trimestral se retribuian...
    \"CADA FRACASO LE ENSEÑA AL HOMBRE ALGO QUE NECESITABA APRENDER\" (DICKENS)

  3. #3
    Creo que en la orden general habla de retribución para jornadas de 37,5 horas y los jefes son de 40 horas semanales.

  4. #4
    Cuanto cobrara un jefe de área ?

  5. #5
    A partir de cuarenta horas semanales en computo trimestral es cuando se generaria el exceso horario que se compensa con descansos compensatorios siempre y cuando el numero de horas de exceso pueda dar lugar a un dia libre, en caso contrario las horas se detraerian del siguiente computo, pero en ningun caso.se retribuyen, eso es solo para el regimen general.

  6. #6
    Y habrá que planificar el servicio para realizar 33 horas semanales de actividad, osease 4 svcs de 8 horas y 3 libres???

  7. #7
    los jefes no se pueden pasar de 40 h semana, si se pasan descanso compensatorio nada de dinero. Las horas "presenciales"obligadas son 33 semana (lo cual no impide hacer las 40 presenciales), las otras siete se contabilizan a razón de 15 minutos por hora de guardia. O.G 11 y 12 de 2014.

    Un turno de un jefe en una semana normal puede ser perfectamente, de 8 a 15 de lunes a jueves y el viernes de 8 a 13 horas. (guardias aparte)

  8. #8
    No hombre no Vicente, las 7 horas de disponibilidad contabilizan 7 horas, las que cuentan 15 por hora son los servicios combinados.

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