No hay que hacer instancia alguna, dado que lo recoge la Ord. General que ya se ha mencionado en éste post; en la especialidad de tráfico, a todo el que lo pida, se lo entregan sin pega alguna; me soprende que haya algún forero que defienda el uso del ceñidor de cuero en vez del reglamentario ceñidor de gala en la modaliad "gala"... quiero pensar que es por NO actualizarse en la normativa actual y estar un poco anclado en el pasado.. pero bueno.. espero que le haya quedado claro que los Guardia Civiles sin importar su rango DEBEN de hacer uso del ceñidor de gala siempre que vistan en la correspondiente modalidad de "GALA"
Marcadores