Lo que viene a decir elliderruiz es que solo se pueden reclamar o acumular por necesidades del servicio, cuando son dias de vacaciones .
Y sentencia " por lo tanto la acumulación de créditos por baja se refiere únicamente a los días de vacaciones y no a los días de permiso por asuntos particulares, por lo que por parte del administrador del sistema se deberá proceder a borrarlos si como tal fueron anotados."
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