Yo veo que gracias a los 6 nocturnos y 3 festivos como el computo de libres que Generes es anual siempre vas a tener días para descontar horas...pero bueno hasta que se aplique este sudoku no veremos si nos la colaron o beneficiaPues en varios sitios de la O.G. pone que tu jornada, si estás en el régimen general, es de 37.5h. Las mismas que antes.
Que habrá meses con festivos? Igual que antes.
Que ahora nos compensarán con hasta 2 días de descansos singularizados (por nocturnos y festivos? O con 1 o con ninguno si no has generado el derecho.
El mes que no hayas generado los nuevos descansos singularizados, deberás hacer las mismas horas que antes: 37.5h a la semana en cómputo mensual.
Ahí es donde la DGGC creo que ha fallado.
Como dije antes, si amplías el descanso diario y el descanso semanal, no puedes exigir que se cumplan las mismas horas en el mismo espacio de tiempo, porque entonces iremos a piñón cuando no estemos librando.
Un saludo.![]()
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