veremos si es un fallo gramatical o no dan por el kaka... como norma general..xdddd

veremos si es un fallo gramatical o no dan por el kaka... como norma general..xdddd
Sinceramente, me parece muy retorcido que haya Unidades por ahí, que estén interpretando que, como no pone "11 horas consecutivas", se pueden intercalar con otra jornada de trabajo... :S
Yo también opino que debe ser un fallo de redacción (como hay tantos en esta O.G.), porque todo el mundo entiende (o casi todo el mundo) que cuando se habla de descanso diario, se habla después de una jornada y antes de la siguiente.
En ningún sitio se le ocurre a nadie decir que tu descanso de haber trabajado el martes, lo tendrás el miércoles....después de haber trabajado también el miércoles...
Si las 11h no tienen por qué ser consecutivas, ¿qué necesidad había de poner que lo de las 8h será sólo por razones organizativas, necesidades del servicio o conciliación?
Esta es una prueba más de lo mal hecha que está la O.G., da lugar a tantas interpretaciones, que como no la corrijan rápido o emitan instrucciones claras, en cada sitio la van a leer como quieran.
Pero en este caso concreto, estoy con lo que comentan más arriba: es un fallo de redacción o lo vieron tan evidente, que no creyeron necesario poner que las 11h deben ser consecutivas.
Otra tema es que no dejen elegir el día de disfrute de los descansos singularizados.
Una cosa es que no se pueda conceder en una fecha concreta, por que coinciden demasiados el mismo día o por otras necesidades; pero de entrada, el singularizado lo debe elegir cada componente a su conveniencia.
Cierto, que den instrucciones ya o nos la clavan. A ver si en las asociaciones les llega esto y se informan o al menos que hagan que se informe a nuestros queridos jefes de como debe ser la cosaSinceramente, me parece muy retorcido que haya Unidades por ahí, que estén interpretando que, como no pone "11 horas consecutivas", se pueden intercalar con otra jornada de trabajo... :S
Yo también opino que debe ser un fallo de redacción (como hay tantos en esta O.G.), porque todo el mundo entiende (o casi todo el mundo) que cuando se habla de descanso diario, se habla después de una jornada y antes de la siguiente.
En ningún sitio se le ocurre a nadie decir que tu descanso de haber trabajado el martes, lo tendrás el miércoles....después de haber trabajado también el miércoles...
Si las 11h no tienen por qué ser consecutivas, ¿qué necesidad había de poner que lo de las 8h será sólo por razones organizativas, necesidades del servicio o conciliación?
Esta es una prueba más de lo mal hecha que está la O.G., da lugar a tantas interpretaciones, que como no la corrijan rápido o emitan instrucciones claras, en cada sitio la van a leer como quieran.
Pero en este caso concreto, estoy con lo que comentan más arriba: es un fallo de redacción o lo vieron tan evidente, que no creyeron necesario poner que las 11h deben ser consecutivas.
Otra tema es que no dejen elegir el día de disfrute de los descansos singularizados.
Una cosa es que no se pueda conceder en una fecha concreta, por que coinciden demasiados el mismo día o por otras necesidades; pero de entrada, el singularizado lo debe elegir cada componente a su conveniencia.
si si gramatical...pues de momento a ella se han agarrado ya. Ahora vas y lo arreglas
Pues heineken, asi lo estan planteando. No se si solo aqui o es general.
lo de los dias singularizados...ya te digo que están contando con presentar la prevision con el día (horas) ya descontados. No que te saquen la previsión con tus jornadas de trabajo y que tu gastes tus días. ¿Y si no los quiero gastar ese mes en concreto?
Ya se que siempre están antes las dichosas necesidades del servicio que las mias pero, caso de que yo los pudiera pedir, como la petición de estos y otros días habría que realizarlas 15 días antes del mes en cuestión, y para sacar el cuadrante es 7 días antes, pues...que lo pedirias "a ciegas".
¿O no es así?
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