Cuarto.- La Directiva 2003/88/CE*del Parlamento Europeo y del Consejo, de 4 de noviembre de 2003, relativa a determinados aspectos de la ordenación del tiempo de trabajo, de plena aplicación en España, consecuencia de nuestra pertenencia a la UE, establece, entre otras significativas cuestiones, que "Los Estados miembros deben tomar las medidas necesarias para que todo trabajador pueda disfrutar: … de un período mínimo de descanso diario de 11 horas consecutivas en el curso de cada período de 24 horas…" (Lo que se incumple claramente en los servicios denominados "tripletes").
Lo encontre por internet por eso me refiero yo que no durara mucho ya que se denunciara.
Y lo de las 8 horas por razones organizativas segun la pagina web de aegc fueron ellos los q pidieron meterla para poder seguir haciendo tripletes....asi q gracias a ellos la cosa seguira como hasta ahora. Tmnsmnsll eso entra dentro de las razones organizativas... dia 1 T dia 2M/N dia 3 Saliente dia 4 M/N dia 5 saliente y dia 6 y 7 Libre Ahi teneis una semana de trabajo.y las 9 horas q se generan de descanso de servicio las van metiendo en los salientes.
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