¿Donde está la razón jurídica que impide que no se pueda aplicar ese razonamiento como una regla de tres al triplete ? Si un componente no descansa 11 horas tras un servicio, puede ocurrir que le pase lo mismo en dos servicios consecutivos, es decir acumularías 17 horas de descanso tras el tercer servicio. La orden dice: ...." que se compensará las horas no descansadas lo antes posible, mediante su disfrute unido a los descansos diarios siguientes o, en todo caso, al siguiente descanso semanal. " ( nada dice si estas horas son de uno o dos servicios ) Hay algo que se me escapa para poder entender que no se pueda nombrar tripletes. Quisiera tenerlo más claro por la responsabilidad que me toca cuando hago el servicio , porque cuando alguien me pide un triplete, solo por lo que se dice, le digo que no puedo dárselo. Que alguien me saque de dudas
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