Las opciones de expulsión están perfectamente contempladas tanto en la Ley de Extranjería como en el Código Penal, siguiéndose el procedimiento preciso si se cumplen los requisitos contemplados en una u otra norma.
Las opciones de expulsión están perfectamente contempladas tanto en la Ley de Extranjería como en el Código Penal, siguiéndose el procedimiento preciso si se cumplen los requisitos contemplados en una u otra norma.
Me Matas.....Me das la Vida SIEMPRE SIEMPRE SIEMPRE COLCHONERO!!!!!!!!
El problema es que cuando llega al juez te desmonta parte de las pruebas, aplican atenuantes y hala a comernoslos con patatas. Es lo mismo que se esta haciendo con la corrupción que al final todo queda en agua de borrajas, y que debería ser considerado terrorismo o banda criminal. PERO NO INTERESA A LOS DE SIEMRPE.
Un saludo.
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