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Vista híbrida

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  1. #1
    Es el gran agujero que tiene esta nueva Orden General, el de la sustitución de mando. Si el sargento se quiere ir todos los fines de semana, ¿me tengo que quedar yo el teléfono? Si me quedo el teléfono, ¿cómo me contabilizan esas horas? Si me llaman porque ha ocurrido algo gordo, ¿quien tiene que ir si en teoría no hay sustitución del mando? Si tengo que ir a las 2 horas de haber terminado mi servicio de correrías, ¿yo no tengo derecho a mi descanso? En fin, veo un gran vacío legal en la sustitución del mando. Veremos como se van desarrollando los acontecimientos pero, sin ser adivino, preveo grandes conflictos y muchas instancias.

  2. #2
    No sé qué cambios... actualmente yo sigo a triple tes cuando me quedo de accidental... y a veces de triplete con diligencias por delito (quebrantamientos etc.) Estáis todos así ?