Para dar mi opinión lo haré con una pregunta a Exceptio Veritatis
¿Qué tipo condena aplicarías tú a una persona (para ser políticamente correcto en la calificación) que ha sido condenado a las siguientes penas por los siguientes delitos?:
30 años por el asesinato de la fiscal Carmen Tagle
149 años por los asesinatos del magistrado José Mateu, el general Hortigüela y otras tres personas más.
99 años por el atentado contra un furgón de la GC en >Barcelona.
32 años por el asesinato de José Legasa.
1.802 años por el atentado contra el cuartel de Zaragoza ( no creo necesario explicar lo que allí ocurrió)
1.170 años por el atentado contra la DGGC en el que murieron un técnico de TV y un niño de dos años, y resultaron heridas 87 personas.
30 años por el asesinato del general Quitana Lacacci.
Todo esto debido a una sola persona.
¿Sería justo y honesto refundir toda su condena a una sola de 30 años? ¿Se le podría, siendo magnánimo, aplicar la que podría ser denominada “ conexidad cronológica”? ¿ Sería justo aplicar el principio de “humanización de las penas” o su “reintegración social”? ¿ Habría que aplicar una política penitencial “viva” en medio de un mar de muertos? Por cierto, este “angelito” nunca se ha retractado ni arrepentido de sus “hazañas”.
Yo ya he opinado; ahora hazlo tú.