Es que las opiniones están muy bien, pero en este caso no hablamos de opinar; Simplemente hay un mandato constitucional a cumplir, además de diversa jurisprudencia del Supremo en relación a la duración y objeto de las penas privativas de libertad, por lo tanto las opiniones en este caso no son aplicables.
Insisto en que parece difícil el encaje de esa medida en el orden constitucional actual, por lo que es factible que deba pronunciarse el Tribunal Constitucional.
Aunque personalmente no comparta la cadena perpetua puedo entender que se abra un proceso de reflexión impulsado por la clase política mediante los diversos grupos parlamentarios, culminando en un proceso para comprobar si la sociedad realmente está de acuerdo en su aplicación, mediante su refrendo de la nueva redacción constitucional. Eso sería hacer las cosas de forma correcta y no una medida con un oportunismo electoral evidente para tratar de contentar a un sector determinado del espectro electoral.
He leído en diversos medios se pretende justificar esa medida tratando de extrapolar medidas de otros países de Europa sin observar la Constitución.....
Por cierto, si esa medida finalmente sale adelante y se incorpora al ordenamiento no se aplicará con carácter retroactivo.