
Originally Posted by
secir
No se puede.... dentro de los turnos no puedes pedir vacaciones ni asuntos particulares...
En los meses de enero y de septiembre de cada año, el Director Adjunto Operativo,
el Jefe del mando de Operaciones, los Subdirectores Generales de Personal y Apoyo y
el Jefe del Gabinete Técnico establecerán, en el ámbito de sus competencias, las fechas
de los turnos de permisos correspondientes a los periodos de Semana Santa y Navidad.
En estos periodos no podrán disfrutarse vacaciones. Asimismo, estos permisos no podrán
acumularse, en ningún caso, al de asuntos particulares
y si quieres juntar (el ultimo turno con vacaciones) o (las vacaciones con el primer turno)....seguro que te diran que tienes que dejar como minimo un dia entre medio entre el permiso de semana santa y el inicio de las vacaciones