Y si hubiera sido, por ejemplo, en una de las tribus de Afganistán, le hubieran ahorcado.
Y ya le han dicho que si fuera otro funcionario, no hubiera ido a la cárcel, ni a la calle.
El tema está en hasta qué punto es procedente aplicar el CPM. Si bien puede aplicarse porque afecta gravemente a la disciplina (con más gente delante y pudiendo suponer un acicate para que otros hagan lo mismo), también es cierto que el ámbito, al no ser en tiempo de paz y no haber peligro de incitación a la rebelión, debería ser considerado como el de cualquier cuerpo de jerarquizado del Estado.
Es complejo determinar si se debe juzgar como militar, o cómo funcionario público... Pero desde luego nunca como a un empleado de Él Corte Inglés...
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