Tribunal Supremo (Sala de lo Militar, Sección1ª) Sentencia de 24 abril 2014.
Sanción NUEVE MESES DE SUSPENSIÓN DE EMPLEO CON PERDIDA DE DESTINO y con la imposibilidad de obtener otro en la compañía de XXXXXXXXXXde la Comandancia de XXXXXXXXX por el periodo de dos años, como autor de una falta muy grave prevenido en el apartado 18 del artículo 7 de la Ley Orgánica del Régimen Disciplinario de la Guardia Civil (RCL 2007, 1909) (LORDGC ) "desarrollar cualquier actividad que vulnere las normas sobre incompatibilidades", y contra la Resolución del Excmo. Sr. Ministro de Defensa, de 2 de abril de 2012 que ……..Se DESESTIMA el recurso de casación interpuesto.
Ante la desproporcionalidad de las sanciones, ante la incertidumbre……… que la competencia vaya con historias a la superioridad, ante algún que otro problema………opté por la vía contencioso administrativa.
Instancia para iniciar el procedimiento, Vía contenciosa administrativa, Gastos de abogado, procurador, etc. 1000 euros.
Por si alguno os interesa os dejo el correo del letrado jpmcabogados@hotmail.com y teléfono 600 81 78 25.
Que por cierto no pertenece al despacho que citó el compañero.
Saludos.
Marcadores