
Iniciado por
madrileño500
en uno de los post creo que dices que te has leído toda la normativa europea. Pues habrás observado que EUROPA CONTEMPLA MUCHAS EXCEPCIONES como ésta por ejemplo
EJEMPLO DE EXCEPCIONES (Y HAY MAS), (De hecho bomberos, medicos, funcionarios de prisiones etc las contemplan)
Directiva 2003/88/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 4 de noviembre de 2003, relativa a determinados aspectos de la ordenación del tiempo de trabajo
CAPÍTULO 5
EXCEPCIONES
Artículo 17
ExcepcioneS
2. Mediante procedimientos legales, reglamentarios o administrativos o mediante convenios colectivos o acuerdos celebrados entre interlocutores sociales y siempre que se concedan períodos equivalentes de descanso compensatorio a los trabajadores de que se trate, o siempre que, en casos excepcionales en que por razones objetivas no sea posible la concesión de tales períodos equivalentes de descanso compensatorio, se conceda una protección equivalente a los trabajadores de que se trate, podrán establecerse las excepciones previstas en los apartados 3, 4 y 5.
3. De conformidad con el apartado 2 del presente artículo, podrán establecerse excepciones a los artículos 3, 4, 5, 8 y 16:
a) para las actividades laborales caracterizadas por un alejamiento entre el lugar de trabajo y el de residencia del trabajador, como el trabajo off-shore, o que se desarrollen en distintos lugares de trabajo del trabajador distantes entre sí
ETC ETC ETC O SEA QUE HAY EXCECIONES PARA TODO SIEMPRE QUE SE ESTABLEZCAN COMPESACIONES CLARO ESTÁ, COMO AUMENTAR EL TIEMPO DE DESCANSO TRAS EL ÚLTIMO SERVICIO, O DECANSOS COMPESATORIOS. O sea, que la propia normativa europea prevé excepciones, y si la DGC no las contempla es porque no le da la ganaJ
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