Es poco práctico, menus farragosos, en Definir y Modificar servicios tardas un huevo, imprimir una papeleta en la que faltan datos... En fin, ys irá rodando la cosa.
Es poco práctico, menus farragosos, en Definir y Modificar servicios tardas un huevo, imprimir una papeleta en la que faltan datos... En fin, ys irá rodando la cosa.
Gracias antuning, es que mi jefe tiene el cuadrante en SIGO planificado, no nombrado, los servicios los esta nombrando un día o dos antes de hacerse, cuando el tiene oficina y me parece que si se anula un servicio planificado no quedaría reflejado y no se nos pagarían los cambios, eso es así o estoy equivocado?
Debería él nombrar el servicio planificado antes de hacer el cambio para que quede reflejado y se nos paguen las modificaciones,no?
Por otro lado, si yo tengo tarde y ese día por lo que sea él me pone mañana, me corresponde compensación economica o solo corresponde dicha compensación cuando tengas descanso semanal?
Si el servicio planificado te lo modifican antes de las 48 horas, no te toca nada, solo afecta a servicios nombrados, los cuales en tan obligados a nombrar a las 14 horas de dos dias anteriores.
Lo único que no pueden modificar estando planificado, son los descanso semanales, que en su caso motivado, llevan días compensatorios e incentivo económico.
Un servicio planificado se puede cambiar sin derecho a "indemnización" algúna. Otra cosa son los servicios nombrados y los DS planificados, esos si generan icrem o icrex o lo que sea si se alteran.
No hay nada repartido de modo más equitativo en el mundo que la razón: todo el mundo está convencido de tener suficiente.
Gracias antuning, es que mi jefe tiene el cuadrante en SIGO planificado, no nombrado, los servicios los esta nombrando un día o dos antes de hacerse, cuando el tiene oficina y me parece que si se anula un servicio planificado no quedaría reflejado y no se nos pagarían los cambios, eso es así o estoy equivocado?
Debería él nombrar el servicio planificado antes de hacer el cambio para que quede reflejado y se nos paguen las modificaciones,no?
Por otro lado, si yo tengo tarde y ese día por lo que sea él me pone mañana, me corresponde compensación economica o solo corresponde dicha compensación cuando tengas descanso semanal?
La Orden general dice que todos los servicios deben estar nombrados a las 14:00, 48 horas antes de empezar el servicio. Si tu jefe no los nombra así es para haceros lo que se denomina comúnmente una "pirula" y si le viene un cambio de servicio, al no tenerlo nombrado no te genera CREX o ICREX (no me queda claro aún cuál es xD)
Todo lo que sea un cambio de servicio en el que la diferencia sea de más de 3 horas (si no recuerdo mal) a lo que tenías nombrado, si que te corresponde productividad (crex o icrex, ya me enteraré cual es), y son 16 puntos por 8 horas. Con lo cual si te cambia de la tarde a la mañana de ese día, si que te genera productividad.
Ahora si por ejemplo tienes una patrulla de 06:00 a 14:00 horas y el otro componente se pone malo, permisos..etc, y el comandante de puesto te nombra Puertas por ejemplo de 07:00 a 15:00, eso no te generaía productividad.
Un saludo!
Como me dice un buen amigo: ALEA JACTA EST
Muchas gracias a los tres, ya me queda más claro como es la norma.
Un saludo.![]()
De nada, para eso estamos, para ayudar en lo que podamos.
Un saludo!
Como me dice un buen amigo: ALEA JACTA EST
En castellano antiguo:La Orden general dice que todos los servicios deben estar nombrados a las 14:00, 48 horas antes de empezar el servicio. Si tu jefe no los nombra así es para haceros lo que se denomina comúnmente una "pirula" y si le viene un cambio de servicio, al no tenerlo nombrado no te genera CREX o ICREX (no me queda claro aún cuál es xD)
Todo lo que sea un cambio de servicio en el que la diferencia sea de más de 3 horas (si no recuerdo mal) a lo que tenías nombrado, si que te corresponde productividad (crex o icrex, ya me enteraré cual es), y son 16 puntos por 8 horas. Con lo cual si te cambia de la tarde a la mañana de ese día, si que te genera productividad.
Ahora si por ejemplo tienes una patrulla de 06:00 a 14:00 horas y el otro componente se pone malo, permisos..etc, y el comandante de puesto te nombra Puertas por ejemplo de 07:00 a 15:00, eso no te generaía productividad.
Un saludo!
CREX, excesos de horas sobre el computo mensual (no semanal). máximo 10 horas en 4 semanas o 12. 5 horas en 5, el resto en Descansos Compensatorios (1 por cada 7.5 horas) o deducción de horas del computo mensual siguiente. Regla: EX, exceso
ICRES, noches y festivos, antiguo ISFN. Regla: S, sobreesfuerzos
ICREM, modificaciones de Descansos Semanales (planificados, solo se pueden planificar -una semana antes de que empiece el periodo- no se pueden definir, nombrar o cumplimentar) y servicios nombrados (antes de las 14.00 horas de los dos días anteriores -48 horas-). Regla, M, modificación
ya no se si en su dia lo pregunte, pero si se empieza un lunes d epermiso paternidad, el computo es idéntico al de las vacaciones no? es decir, solo com****n de lunes a viernes?
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