Cita Iniciado por cesorio Ver mensaje
Madre mia pero como se puede ser.......
1º Si no te queda claro nosotros tambien pagamos impuestos, con nuestro sueldo y con todo lo que hacemos dia a dia. Por lo cual nada tengo que explicarle a nadie
2º Entre los cinco millones de parados, estan los que no se levantaban de la cama por nuestro sueldo y ahora se mueren de envidia. Pues nada, que hubieran aprobado una oposición como lo hice yo y otra multitud de personas. Si quieren explicaciones que se las de el gobierno.
3º La orden no obliga a hacer las horas, te dice que son las maximas,
4º El que no interpretas bien eres tu, vuelve a leerte la orden. Que si no te queda claro se basa en una orden europea que os voy a copiar pues algunos desconoceis.

Si el mismo General Ulloa explico que la GC perderia un Potencial del 15% y que eso era aceptable desde Interior. ¿Quien eres tu para poner en entredicho a un General y a un ministro?

A mi me dan verguenza los Salvapatrias, los hereda empresas y chupapallas como alguno delos presentes.

Directiva 2003/88/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 4 de noviembre de 2003, relativa a determinados aspectos de la ordenación del tiempo de trabajo.

Los Estados miembros deben tomar las medidas necesarias para que todo trabajador pueda disfrutar:

  • de un período mínimo de descanso * diario de 11 horas consecutivas en el curso de cada período de 24 horas;,,,,
    .....
    El trabajo nocturno * constituye un caso aparte, ya que su duración no debe superar las ocho horas por término medio cada 24 horas. El trabajo nocturno que implica riesgos especiales, o tensiones físicas o mentales, está regulado por legislaciones o prácticas nacionales, o bien por convenios colectivos.

    Los trabajadores nocturnos * deben beneficiarse de un nivel de protección en materia de salud y seguridad adaptado a la naturaleza de su trabajo. Asimismo, deben disfrutar de una evaluación gratuita de su salud antes de su incorporación a un trabajo nocturno y, posteriormente, a intervalos regulares. Si se considera que no son aptos, deben ser transferidos, siempre que sea posible, a un trabajo diurno. El empresario que organiza el trabajo con arreglo a cierto ritmo debe tener en cuenta el principio general de adecuación del trabajo a la persona, en particular a fin de reducir el trabajo monótono y acompasado. El empresario que recurre regularmente a trabajadores nocturnos debe informar de ello a las autoridades competentes en materia de salud y seguridad.
    Pueden establecerse excepciones a los principios mencionados anteriormente mediante convenios colectivos o de acuerdo con los interlocutores sociales.
    HAS LEIDO ???????? Las excepciones se haran en consenso, no por opsicion.
Pues mira en los 2 primeros puntos de acuerdo contigo, que nosotros también pagamos impuestos... ¿pero acaso yo había dicho lo contrario? ¿o lo dices por hacerte la víctima o como es eso?
Ahora a lo mejor antes de recomendar deberías aprender a leer y a no dártelas de listo lee el artículo 3 y deja de insultar... "se ha de prestar"... si no lo entiendes vuelve a primaria.
y si no tienes ni idea de derecho, de fuentes, de prelación no te las vuelvas a dar de listo.
¿sabes lo que es una directiva europea? ¿sabes distinguirla de un reglamento europeo? ¿sabes lo que es la transposición de una directiva?
Porque si lo sabes eres un mentiroso, y sino lo sabes no pasa nada pero no te las des de listo,
Que yo al hacer el cuadrante cumple con el derecho español, o con los reglamentos europeos, pero las directivas tienen que trasponerlas al derecho español, y eso es la orden general que yo tengo que cumplir.
quizá el chupapollas lo eres tú que te las das de listo insultando en un foro amparándote en el anonimato pero seguro que luego a tu jefes le haces la pelota mientras por detrás rajas chavalote.
Aprende a leer y suerte con tu amargamiento