Como interpretáis esto? :
Los Jefes de unidad organizaran el servicio de forma que el horario de los que se nombren inmediatamente antes y después de las vacaciones, permisos de Semana Santa y Navidad o descansos semanales, facilite la prolongación del periodo en que el personal afectado de su unidad no preste servicio, salvo que el interesado solicite su no aplicación..
Que se entiende por inmediatamente antes y después? Que tu servicio no puede acabar el día de antes a las 00:00 horas y que tu servicio no puede empezar el día después a las 00:00 horas?
Que se entiende por facilitar? Tener el día siguiente Mañana seria posible no? Tienes 6 horas franco de servicio desde que finalizaron las vacas....
Por que coj..... no han definido unos tramos horarios para definir este concepto?