Yo tampoco he dicho que sea la empresa la que tenga que decidir cuando quieres utilizarlo para conciliar tu vida familiar. Digo que no se puede utilizar con carácter general, ni la conciliación ni los motivos organizativos. No puedes hacer un servicio de TMN continuamente porque estarías descansando 8 horas con carácter general y no 11, que son las que la Orden indica que deben ser lo normal.
Marcadores