Pues no sé, a lo mejor es como tú dices, pero me parecería raro que cada vez que alguien que quiera acogerse al descanso de 8h por conciliación, deba presentar una solicitud distinta (para que no sea cogida como una generalidad)...
Creo que la inclusión de ese apartado de las 8h por conciliación (en los primeros borradores no estaba), fue introducido precisamente para eso: para facilitar la vida a la gente que tiene lejos a sus seres queridos (por distintas circunstancias).
En mi Unidad se están recogiendo esas solicitudes de descanso de 8 horas por conciliación y van muchas....a lo mejor luego tienen que quemarlas; pero me extrañaría.
Un saludo.
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