Utilizamos cookies propias y de terceros para realizar el análisis de la navegación de los usuarios.
Si continúa navegando consideramos que acepta su uso. OK | Más información

Resultados 1 al 10 de 2008

Ver modo hilado

Mensaje anterior Mensaje anterior   Próximo mensaje Próximo mensaje
  1. #11
    Cita Iniciado por erkinter Ver mensaje
    Eso no es cierto, nadie ha multado a España por nada, el origen era que no se marcaba límite superior de jornada a mandos y personal de unidades de investigación, lo que se habría solucionado marcando 48 horas semanales, que es el límite que marca la norma en periodos... es más, en aplicación de la directiva europea 2003/88 que lo regula, en la mayor parte de los destinos de la Guardia Civil estamos exentos del descanso diario, com puedes ver en el artículo 17 que menciona las excepciones al descanso diario (vigilancia de personas y bienes, servicios que se tengan que mantener 24 h, etc...) , no obstante la Dirección General ha decidido aplicarlo de forma voluntaria.
    Pero es que eso no contradice lo que digo, todo lo contrario, lo reafirma. Habla de que se podrán establecer excepciones y es lo que ha hecho la DGGC, ha establecido 2 EXCEPCIONES. Pero como he dicho por activa y por pasiva, la excepción no puede sustituir al carácter general de las 11 horas, que es lo que pretenden algunos.

    Sobre la multa, efectivamente vino de una denuncia sobre la jornada de mandos y personal de investigación, pero obliga a España a cumplir con la directiva entera. De hecho las Directivas son de aplicación a todos los países miembros de la UE cuando así lo indica ésta, y si te fijas, la Directiva 2003/88 así lo establece en su artículo 29.
    Última edición por d3smond; 28/02/2015 a las 20:10

Marcadores