EXCEPCIONES. Tú mismo lo has dicho, EXCEPCIONES. Pero una excepción no puede sustituir al caracter general de las 11 horas. Ya se ha dicho por activa y por pasiva por aquí y algunos seguís sin entenderlo. Tendrás 11 horas de descanso y siempre que se mantenga ese carácter general se podrán cumplir ciertas excepciones que vienen recogidas en la normativa. Pero en ningún caso se puede cambiar algo que debe ser generalizado por la excepción. ¿Lo pillas ya?
A ver, te pongo un ejemplo a ver si lo pillas que creo que tienes ciertos problemas de comprensión lectora. Con carácter general, salvo algunas excepciones, yo siempre como a las 14 horas. ¿Qué quiere decir eso? Que casi siempre como a las 14 horas, y que algunos días, por circunstancias, no puedo y como a otra hora.
Pero es que te repito, eso ya lo han dicho desde la dirección general. No entiendo tanta tozudez y repetir siempre las mismas falacias.
Marcadores