jajaja y donde dice europa lo de caracter general??? eso se lo ha inventado la gc. Europa dice
CAPÍTULO 2

PERÍODOS MÍNIMOS DE DESCANSO - OTROS ASPECTOS DE LA ORDENACIÓN DEL TIEMPO DE TRABAJO

Artículo 3

Descanso diario

Los Estados miembros adoptarán las medidas necesarias para que todos los trabajadores disfruten de un período mínimo de descanso diario de 11 horas consecutivas en el curso de cada período de 24 horas.