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Texto donde pone claramente que solo se podrán ser excepciones.
Gracias madrileño por darme la razón, aunque los hechos y el tiempo ya me la habían dado. No hacía falta.
efectivamente habla de EXCEPCIONES. En ningún artículo de la ley habla de EXCEPCIONES CON CARACTER GENERAL. Eso lo ha añadido la GC. Punto y final. Seguiremos luchando donde corresponde
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