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Resultados 1 al 10 de 2008

Vista híbrida

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  1. #1
    Cita Iniciado por madrileño500 Ver mensaje
    efectivamente habla de EXCEPCIONES. En ningún artículo de la ley habla de EXCEPCIONES CON CARACTER GENERAL. Eso lo ha añadido la GC. Punto y final. Seguiremos luchando donde corresponde
    También decías que lo que ponía en la Orden General tenía otro significado y al final he tenido razón. Te has equivocado en todo, yo he acertado absolutamente en todo y esto no es una excepción... Hablando de excepción

    excepción s. f.
    1 Exclusión de algo que se aparta de la regla común o de la generalidad.

    Si establecemos una excepción a 11 horas de descanso es precisamente eso, algo que se aparta de la regla general. La propia definición lo dice. Eso ya te lo dije antes pero bueno, ya estoy acostumbrado a tener que repetirte las cosas porque no las entiendes.

    Efectivamente lucha, porque mientras tanto llevaré yo razón, el tiempo y los hechos me la han dado.

  2. #2
    bueno mañana seguimos que voy a ver los penaltis del atletico

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