La informacion a mi me la han dado guardias destinados alli,tanto fiscal como la compañia rural
La informacion a mi me la han dado guardias destinados alli,tanto fiscal como la compañia rural
Pues entonces a algunos nos estan engañando,yo solo digo lo q me han dicho amigo destinados alli,y me lo han dicho en dias diferentes,yo solo pongo lo q me han dicho gente q esta alli
bueno todo muy bien pero nadie pone un cuadrante completo? alguien de un destacamento de trafico que lo tenga ya? yo el mio ni idea de momento
En mi Destacamento desde el Subsector lo han deshecho enterito...incluso la previsión de los 9 primeros días. Los compis con reservas y billetes comprados ahora no saben lo que van a tener...bueno alguno sí![]()
Pues parece que en muchos sitios hay dudas (y de hecho lo están nombrando así) sobre los Descansos de Festivos, porque están poniendo TARDE delante, basándose en que "como no está en las excepciones de 8 horas....".
No entiendo cómo pueden pensar así...: el descanso diario como norma general son 11 horas; hay unas excepciones en las que puede reducirse a 8 horas; como el Descanso de Festivo (y en el futuro los Descansos Singularizados) no está en las excepciones......entonces......dejo el descanso diario en 2 horas !!!![]()
El descanso diario no puede solaparse con el descanso semanal...deberían tenerlo claro.Pues parece que en muchos sitios hay dudas (y de hecho lo están nombrando así) sobre los Descansos de Festivos, porque están poniendo TARDE delante, basándose en que "como no está en las excepciones de 8 horas....".
No entiendo cómo pueden pensar así...: el descanso diario como norma general son 11 horas; hay unas excepciones en las que puede reducirse a 8 horas; como el Descanso de Festivo (y en el futuro los Descansos Singularizados) no está en las excepciones......entonces......dejo el descanso diario en 2 horas !!!
Según la orden, no se debe nombrar un servicio entre las 00:00 y las 06:00. Si nombras el servicio a las 00:00 inclumples esta premisa, si lo nombras a las 23:59 no respetas los dos días naturales de libre.Pues yo no veo porque no.
Esta claro que ese libre es una putada, y es lo mas perrillero que se puede hacer. Pero según la OG, yo creo que es legal, si la noche es de 0 a 6.
Después de un 6/14; tienes mas de 8 horas de descanso diario, osea hasta las 00:00, tienes 10 horas. Luego tienes 48 horas que comprenden dos días naturales, y a las 00:00 horas, ya comienza el tercer día natural. M-L-L-N
Marcadores