Estás seguro?
Fíjate que tu descanso diario de la Tarde, te lo están metiendo en el Descanso por Festivo (día deducible).
No creo que hayan querido asegurar un descanso diario mínimo de 8 horas como excepción a las 11 horas para el descanso semanal por ejemplo, y en cambio para un día deducible (Singularizado o D. Festivo) baste con dejar 2 horas de descanso diario... (las que van de las 22h a las 0.00h que empieza el día deducible).
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