NO le diga nada ud. a su Sgto. por favor... Me había parecido leer algo con anterioridad a lo que Ud. dice, sobre algunos Sgtos. y su velar por los subordinados a su cargo...
Ahora en serio...
Vengo aconsejando a todo el QUE QUIERA LEERME, que se lo diga mediante solicitud escrita en tiempo y forma... Ésto es, que mediante solicitud debidamente rellena, haciendo alusión a la nueva ORDEN, le pida a su Sgto. los días que quiere ud. librar, siempre y cuando, su solicitud, no se oponga frontalmente a los servicios a realizar ... Es más que evidente, que tooooodo el mundo, NO PODRÁ librar en los mismos días.
VUELVO A REPETIR PARA EL QUE LO QUIERA LEER... --> para justificar la NO concesión de una solicitud por escrito , ES NECESARIO QUE EL RECEPTOR DE LA SUSODICHA SOLICITUD, LA DENIEGUE MOTIVADAMENTE y por escrito también...
Saludos...
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